El Gobierno de Javier Milei propuso la creación de un Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) en el proyecto de ley “Ómnibus” enviado al Congreso. Cuáles son los puntos más importantes y quiénes pueden adherir.
Crean incentivo para grandes inversiones: las claves de la "ley ómnibus"
Crean incentivo para grandes inversiones: las claves de la "ley ómnibus"
El proyecto presentado hoy por el Gobierno propone crear un nuevo régimen para incentivar las inversiones en algunos sectores.
En principio, especifica que se aplicará a todo el territorio y se declara a las “Grandes Inversiones” de interés nacional. Se las define como aquellos proyectos que involucren la adquisición, producción, construcción y/o desarrollo de activos que serán afectados a actividades y serán de largo plazo.
Estas “Grandes Inversiones” deberán contar con un monto mínimo de inversión -que dependerá de cada sector- y estarán incluidas aquellas empresas que busquen invertir en infraestructura y de tecnología. Éstos contarán con beneficios tributarios y aduaneros – flexibilidad en importaciones-.
RIGI: cuáles son los objetivos
- Incentivar las grandes inversiones nacionales y extranjeras “a fin de garantizar la prosperidad del país”
- Promover el desarrollo económico
- Desarrollar y fortalecer la competitividad de los diversos sectores económicos.
- Incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios al exterior
- Favorecer la creación de empleo
- Generar condiciones de previsibilidad y estabilidad para las grandes inversiones.
- Crear para las grandes inversiones que cumplan con los requisitos del RIGI un régimen que otorgue “certidumbre, seguridad jurídica y protección especial para el caso de eventuales desviaciones y/o incumplimiento por parte de la administración pública y el Estado”.
El plazo para adherir al RIGI es de 2 años a partir de la entrada en vigencia de las reformas. El poder ejecutivo podrá prorrogar por única vez el plazo para acogerse al RIGI por un período de hasta 2 años.
- Los vehículos de proyecto único (VPU) Sólo deberán tener por único y exclusivo objeto llevar a cabo un único proyecto de inversión admitido en RIGI.
RIGI: ¿Qué son los VPU?
- Sociedades anónimas
- Sucursales establecidas por sociedades constituidas en el extranjero.
- Uniones transitorias y otros contratos asociativos.
- Sucursales dedicadas.
RIGI: sujetos excluidos
No podrán autorizar su inclusión en el RIGI quienes se hallen en las siguientes situaciones:
- Condenados, con sentencia firme, por cualquier tipo de delito o cuyos socios u accionistas se encuentren en dicha situación.
- Declarados en estado de quiebra.
- Quienes registren deudas firmes, exigibles e impagas de carácter fiscal o previsional.
- Personas jurídicas en las que sus socios, administradores, directores, representantes legales, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, o quienes ocupen cargos equivalentes hayan sido condenados con sentencia firme en causas penales iniciadas por la AFIP.