Lavandaio: La Ley de Compra y Contratación Local de San Juan
Hemos tomado conocimiento de la Ley Nº 2827- M, que podríamos llamar de "Compra y Contratación Local", sancionada en la provincia de San Juan y se nos ocurre expresar algunas reflexiones al respecto.
La Ley crea nuevas obligaciones, requisitos, trámites, plazos, auditorías, antes inexistentes, para todos los sectores mineros y actividades vinculadas, tal como se enumeran en el artículo 249 del Código de Minería, pero también incluye requisitos y trámites discriminatorios a proveedores y a las personas físicas que necesiten conseguir un empleo.
Al enumerar los objetivos de estas numerosas regulaciones se cita en primer lugar …"El desarrollo sostenible, estratégico y diversificado de las comunidades de influencia de proyectos mineros".
Sin embargo, considerando que la minería de San Juan va a requerir la migración y radicación de varias decenas de miles de familias, ni siquiera menciona la necesidad de lugares de radicación, con infraestructura y servicios que cualquier población necesita para el desarrollo familiar sostenible.
Además, todos sabemos que el exceso de regulaciones y trámites se traduce en demoras, inconvenientes y mayores costos para todos, y por otro lado, si nos atenemos a las definiciones de los artículos 8º, 14º, 16º y 20º de la Constitución Nacional, la nueva Ley, además de inconstitucional, es una falta de respeto a los argentinos que necesitan trabajar y viven en otras provincias.
Por todo eso, creemos oportuno hacer una referencia a la historia. Estudiar historia no solo sirve para conocer el pasado por simple curiosidad sino que tiene mayor importancia para tomar en cuenta las cosas que se hicieron mal, para no volver a hacerlas, y las cosas que se hicieron bien, para tratar de imitarlas.
Allá por 1853, nuestros próceres organizaron la nueva república dictando una Constitución Nacional que, entre otras cosas positivas, impuso la promoción de la inmigración con el objeto de que muchas personas de muy diferentes países pudieran venir a radicarse y trabajar para lograr el desarrollo del país y el de sus respectivas familias. El resultado fue el famoso "crisol de razas" que, lejos de ser un eslogan publicitario, es el reflejo de la más pura realidad.
La promoción incluyó medidas concretas para que los inmigrantes, entre otras cosas, accedieran a un lugar de residencia. Por ejemplo, los abuelos del autor de esta nota recibieron una hectárea de campo cercano a una ciudad importante de la provincia de Santa Fe, donde construyeron una granja y donde se criaron sus hijos.
Entre los próceres de aquéllas décadas del siglo XIX, hubo un sanjuanino, un tal Sarmiento, que se dio cuenta que había que educar y capacitar a los hijos y demás descendientes de los inmigrantes para que ellos se arraiguen y participen del desarrollo nacional en lugar de pensar en volverse a sus países de origen.
El resultado de esas políticas fue el gran desarrollo económico y social de la región pampeana, adonde fue radicada la mayor parte de la población del país.
Ahora nos preguntamos ….¿Qué hubiera pasado si los constitucionales de 1853, en lugar de promover la inmigración hubieran sancionado una "Ley de Compra y Contratación Local? No somos adivinos pero creemos que los resultados no hubieran sido tan exitosos.
Nuestra reflexión es que sería más beneficioso para todos que los políticos actuales se inspiren en lo hecho por nuestros próceres y traten de imitar las cosas buenas que hicieron.
En lugar de inventar regulaciones que generen inconvenientes, demoras y costos ¿No sería mejor que piensen en cómo hacer para que la provincia pueda albergar de manera sostenible a una población que podría llegar a ser el doble de la que actualmente tiene?
*Geólogo, Matrícula COPIG 2774A.