VOCES Por: CLUBminero16/12/2025

Ley de Glaciares: The backstage at the Pink House

Ice Age and Pink House. A donde van los Glaciares

U n poco de backstage en medio de los hielos. Cómo se cocinó el texto aclaratorio sobre glaciares. Los jóvenes funcionarios de la Casa Rosada no suelen emponcharse, como contertulios del Interior, como  pero hubo mucho de federalismo con las Mesas del Litio y del Cobre como partnerships. 

En abril pasado después de la feria Prospectors and Developpers of Canada (PDAC) hubo un inside en el team presidencial. Desde la Secretaría General de la Presidencia, cuya cabeza Karina Milei estuvo en Toronto, barajaron varias líneas de trabajo. La que sacó cuerpos era la más audaz, una ley correctiva, a la postre bautizada aclaratoria, para reescribir la política de protección de glaciares. Una operación que comandó desde el palacio gubernamental la Secretaría Legal y Técnica, que conduce la abogada María Ibarzábal Murphy.

Escribe Daniel Bosque: Mining holiday on ice

Un brief de la prensa  con miembros del gobierno nacional que negociaron con las provincias mineras y legisladores antes de la redacción final del proyecto ingresado al Congreso  arroja luces sobre la jugada. En el discurso mileinista hay mucho argot jurídico y judicial, el suficiente para proteger los cursos de acción, sobre todo cuando alude a "oscuridad en la técnica legislativa".

El proyecto de reforma de la Ley de Glaciares, dice el gobierno, subsanará “falencias interpretativas y ordenará el marco normativo, poniendo fin a interpretaciones arbitrarias y consolidar un esquema de federalismo ambiental plenamente compatible con la Constitución Nacional”.

Como decíamos hace unas horas, en el now or never, sólo pensado como temeridad desde el poroteo de la legislatura anterior, los funcionarios de Balcarce 50 machacan con que  “la reforma de la Ley de Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial Nº 26.639 sigue a dos ejes: superar la la confusa redacción y fortalecer la atribución de las provincias dueñas de los recursos naturales"

los glaciares y las geoformas del ambiente periglacial que se protegen
son los que tienen funciones hídricas.

Este reconocimiento de potestades provinciales debería traducirse, en la práctica en el enaltecimiento de las evaluaciones ambientales que forman parte del proceso de Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que el espíritu correctivo de la nueva ley sitúa por encima del Inventario Nacional del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales  (IANIGLA ) no será eliminado ni dejará de estar a cargo del Inventario”.

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Eso sí, en su nueva fase, deberá “adecuar el Inventario Nacional de Glaciares en función de lo que informen las provincias”, lo que según el guión oficial y el consenso de las minería privada "permitirá una aplicación más eficiente de la tutela ambiental"

¿Cuánto tiempo demorará el trámite parlamentario de esta ley? "El que sea necesario, porque no queremos dejar zonas grises. Nos hemos preocupado de no transgredir lo suscripto el Acuerdo de Escazú suscripto por la Argentina y que obliga al país a respetar el acceso a la información ambiental, participación pública en decisiones ambientales y acceso a la justicia ambiental", dijo la fuente consultada.

"Uno de los puntos que genera confusión en la redacción actual es que las actividades que quedarán prohibidas son únicamente aquellas que ocasionen una alteración de los glaciares y del ambiente periglacial. Esa determinación quedará a cargo de cada autoridad competente provincial, o de la Nación en caso de tratarse de un parque nacional", más claro imposible.

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Bajo el paraguas del consenso federal que propició la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando evitó pronunciarse sobre la constitucionalidad de la ley que ahora será modificada por el Parlamento, el  proyecto  oficial remarca que “las provincias la competencia para identificar qué glaciares y qué porción del ambiente periglacial cumple con alguna función hídrica relevante y, por lo tanto, se encuentran protegidos por la ley”.

Esta definición impactará en dos aspectos centrales: la aprobación de actividades durante las evaluaciones de impacto ambiental y el Inventario Nacional de Glaciares. Cuando una provincia identifique que un glaciar o una porción del ambiente periglacial cumple con alguna función hídrica relevante, deberá informarlo al Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA).

Desde el gobierno también indicaron que cabe destacar algunos puntos comunicacionales, entre ellos que “las provincias son dueñas originarias de los recursos naturales y que la Constitución Nacional manda a explotar racionalmente dichos recursos”.

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Asimismo, quienes estuvieron en la cocina del texto legislativo que se entró Senado señalaron que “la ley vigente, bien interpretada, no prohíbe de un modo absoluta ninguna actividad o industria a lo largo del territorio nacional, pero por la confusión que genera la mala redacción (que en su literalidad establece ciertas ‘prohibiciones’ sin dejar en claro que están sujetas a que las actividades contradigan el objeto de tutela legal) se enfrían las actividades y no se realizan inversiones”.

El proyecto también reforzaría las competencias de las provincias para, según manifestaron fuentes de la Casa Rosada, “determinar realmente si un glaciar o ambiente periglacial cumple con funciones hídricas”, y fortalecería su rol para asegurar una mejor implementación de las normas.

ROL PRECAUTORIO

“el Inventario Nacional de Glaciares contará con un rol ‘precautorio’ a fin de que no se critique una regresividad de la norma. En este sentido, cuando un glaciar o ambiente periglacial esté incluido en el mencionado Inventario, se presumirá que forma parte del objeto protegido por la Ley de Glaciares, pero cuando una provincia determine que no cumple con funciones hídricas, dejará de estar protegido por la norma y deberá ser eliminado del Inventario”.

CLARIDAD Y FEDERALISMO

 “No se debe tratar como una modificación de fondo de la Ley de Glaciares”, sino como una reformulación de su redacción para “que quede clara la interpretación correcta” de la norma vigente. En ese sentido, remarcaron que la iniciativa busca “modificar algunas cuestiones de orden competencial para fortalecer las atribuciones que constitucionalmente les corresponden a las provincias en su condición de titulares del dominio originario de los recursos naturales”. 

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Interpretarla como una habilitación de nuevas actividades podría generar “efectos adversos”, dijeron altos funcionarios que prefirieron el anonimato.

 “No se habilitan nuevas actividades, ya están habilitadas. El objetivo es brindar previsibilidad y seguridad jurídica tanto a los funcionarios que deben aprobar las declaraciones de impacto ambiental como a quienes desarrollan actividades”, dijeron las fuentes consultasas.