La Cámara Argentina de Empresas Mineras manifiesta su total acuerdo y compromiso con el objetivo de proteger “los Glaciares y el ambiente Periglacial como reservas estratégicas de recursos hídricos”. Así quedó plasmado en el artículo 1° de la Ley 26.639 (“Ley de Glaciares”), dado que éste fue el espíritu de los debates legislativos que precedieron a la sanción de dicha ley. No hay dudas y el consenso es unánime: los glaciares y el ambiente periglacial que constituyan “reservas estratégicas de recursos hídricos” deben protegerse.
La Ley de Glaciares requiere aclaraciones porque no todos los glaciares y ambiente periglacial constituyen “reservas estratégicas de recursos hídricos”. Así, la ley debe aclarar que la determinación de los glaciares y ambiente periglacial que cumplen dicho recaudo debe realizarse, de acuerdo con la opinión de expertos, caso por caso y en base a estudios específicos que lo sustenten.
Asimismo, debe definirse el rol de las provincias, que según lo establece nuestra Constitución Nacional son las titulares de los recursos naturales existentes en sus territorios, en la determinación y delimitación de los glaciares y ambiente periglacial que resultan objeto de protección.
Una efectiva redacción, que elimine la incertidumbre existente, permitirá que actividades productivas y de desarrollo de infraestructura puedan realizarse en un marco de total respeto por el cuidado ambiental en general y del recurso hídrico en particular, permitiendo que miles de argentinos accedan a trabajar en actividades nobles e imprescindibles para la vida moderna, mejorando la calidad de vida de sus familias y contribuyendo al tan necesario desarrollo económico del país.
Ya ha señalado la Corte Suprema de Justicia de la Nación al referirse a la Ley de Glaciares que su problemática debe resolverse “por el diálogo federal antes que por la intervención de los jueces”. Es tiempo de ejecutar esa solución concertada. Las aclaraciones que exige la Ley de Glaciares requieren el diálogo y la actuación conjunta y coordinada de las autoridades nacionales y provinciales, tal como se ha llevado adelante recientemente, para proteger a los glaciares y el ambiente periglacial que constituyan “reservas estratégicas de recursos hídricos”. Ello, por supuesto, considerando que la citada protección no resulta incompatible con el desarrollo sostenible.











































