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title: "Importaciones: Hola SIRA, bye bye SIMIs (la norma)"
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date_published: "2022-10-11T17:37:00-03:00"
date_modified: "2022-10-11T17:45:31-03:00"
tags:
  - "AFIP"
  - "ECONOMÍA"
  - "IMPORTACIONES"
  - "MINERÍA"
  - "PETRÓLEO"
author_name: "Agrofy News / CLUBminero"
category_name: "ACTUALIDAD"
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# Importaciones: Hola SIRA, bye bye SIMIs (la norma)

![SIRA](/download/multimedia.normal.b00211f83163f878.534952415f6e6f726d616c2e77656270.webp)

**De acuerdo informó el gobierno, a partir del próximo 17 de octubre habrá cambios en el comercio exterior y habrá un nuevo panel de control oficial de las compras al extranjero y un nuevo permiso de importación. El nuevo sistema se llamará Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y reemplazará al Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI).**

El sistema centralizará toda la operatoria de comercio exterior en una sola base de datos, al vincular solicitudes de importación, despachos de mercadería y cuenta bancaria desde la cual se accede a los dólares y se realizan los pagos de los bienes o servicios.

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**Operación “en línea”**  
Con este sistema el **Banco Comercial**al momento de realizar la operación de acceso a las divisas deberá registrar la operación “en línea” en una aplicación de la **AFIP**, la cual validará:

+ Existencia del **CUIT**activo

+ Declaración (**SIRA, SIRASE** o **Despacho**) en estado autorizado, incluyendo fecha probable de giro

+ Controles de saldo (cuenta corriente)  
   
+ Esta herramienta permitirá al **Estado**tener un monitoreo en tiempo real (**Tablero de Control**) del flujo financiero y físico del comercio exterior

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Las **SIMIS**ya aprobadas mantendrán su vigencia, excepto las que pertenecen a importadores que sobre o subfacturaron.

Este sistema suma facilidades para pymes y entidades civiles, que podrán acceder a los pagos a 60 días (hoy son 180 días) y verifica el control del saldo en tiempo real, por lo que permitirá tener mayor control en toda la trazabilidad de la operación. Además, suma un trámite facilitado para importaciones que no requieran acceso al mercado único de cambios para el giro de divisas.

**La resolución de AFIP:**

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