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Minerales críticos: ¿Qué firmaron Argentina y Canadá?

PDAC14/03/2025CLUBmineroCLUBminero

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La firma de cuadernos en Toronto, Canadá.


La colaboración entre Argentina y Canadá en minerales críticos abre expectativas, pero la falta de transparencia en el acuerdo genera interrogantes en el sector minero. 

Argentina suscribe un acuerdo con Canadá para colaborar en materia de minerales críticos

El secretario de Minería del Ministerio de Economía de Argentina, Luis Lucero, ha firmado un memorándum de colaboración mutua con el ministro de Recursos Naturales de Canadá, Jonathan Wilkinson, en materia de minerales críticos.

El propósito de este acuerdo de colaboración es establecer el diálogo sobre minerales críticos y sostenibilidad minera entre Argentina y Canadá para proporcionar una visión estratégica para su colaboración bilateral en el área de minerales críticos y sostenibilidad minera, con el objetivo general de crear las mejores condiciones para la inversión sostenible en este sector y su comercialización e integración en las cadenas de suministro globales.

El diálogo también tiene por objeto centrarse en el desarrollo de iniciativas tangibles y mensurables destinadas a producir avances concretos en los objetivos identificados en temas mineros. Este acuerdo se enmarca dentro del plan de gestión que lleva adelante la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía, cuyo objetivo es el impulso de la actividad y la atracción de inversiones al país.

Cabe recordar que la delegación Argentina contó con el apoyo de la Secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, quien manifestó la importancia del desarrollo de la industria minera para la gestión de Javier Milei.

QUÉ DICE EL ACUERDO

Acuerdo de Colaboración entre la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía de la República Argentina y el Departamento de Recursos Naturales de Canadá sobre Minerales Críticos y Sostenibilidad Minera

 La Secretaría de Minería del Ministerio de Economía de la República Argentina y el Departamento de Recursos Naturales de Canadá, en adelante denominados como los “Participantes”,

 Han llegado a los siguientes entendimientos:

 

  1. 1. OBJETO:

 El objeto de este Acuerdo de Colaboración es establecer, entre los Participantes, el Diálogo respecto de Minerales Críticos y Sostenibilidad Minera (“Diálogo”) a efectos de dotar de una visión estratégica a su relación de colaboración bilateral en materia de minerales críticos y sostenibilidad minera, con el objetivo general de crear las mejores condiciones para una inversión sostenible en minerales críticos, así como para su comercialización y su integración en las cadenas de suministro globales. El Diálogo se centrará en desarrollar iniciativas tangibles y mensurables orientadas a producir avances concretos en los objetivos fijados en este Diálogo.

 

  1. 2. ÁREAS DE COLABORACIÓN:

 (a) Es intención de los Participantes colaborar en las siguientes áreas específicas:

 (i).     Instrumentos financieros e innovación: Los Participantes podrán compartir e intercambiar información y conocimientos sobre soluciones financieras para impulsar el crecimiento del sector minero y gestionar su riesgo; como así también para desarrollar y promover un mercado de valores resiliente, para apoyar la exploración, extracción, procesamiento y recuperación de recursos de minerales críticos.

 (ii)      Políticas fiscales y tributarias: Los Participantes podrán identificar, compartir e intercambiar información sobre el diseño y la implementación de políticas fiscales y tributarias para el sector minero, que sean previsibles y con visión de largo plazo, y que beneficien a las economías regionales, apoyen el desarrollo socioeconómico, atraigan la inversión (local o extranjera) y permitan el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas (PYME).

 (iii)     Estándares ambientales, sociales y de gobernanza (ESG por sus siglas en inglés): Los Participantes podrán intercambiar información sobre la adopción y efectividad de los estándares ESG, de sostenibilidad, regímenes de trazabilidad; así como sobre el diseño y la implementación de buenas prácticas regulatorias gubernamentales (a nivel federal y/o provincial) que contribuyan a mejorar las operaciones mineras para beneficio de todos los sectores involucrados.

 (iv)     Desarrollo del sector de equipos, tecnología y servicios mineros: Los Participantes podrán identificar oportunidades de adquisición e innovación para desarrollar proyectos mineros basados en tendencias clave de transformación hacia las “minas del futuro” (digital, robótica, automatizada, y que da prioridad a la seguridad humana) en pos de la trazabilidad y la descarbonización. Los Participantes también podrán compartir estrategias para el desarrollo del sector de bienes y servicios mineros que involucren los diferentes niveles de gobierno, el sector privado (empresas mineras, y proveedores de bienes y de servicios) y el sector de ciencia y tecnología.

 (v).    Desarrollo de capital humano: Los Participantes podrán compartir e identificar las mejores prácticas, programas de capacitación, y políticas de la industria, el sector educativo y el gobierno (nacional y provincial) para atraer, retener y planificar un capital humano competitivo, diverso demográficamente, y que satisfaga la demanda presente y futura del sector minero.

(b) Los Participantes, conjuntamente, podrán invitar representantes de las distintas organizaciones que constituyen el ecosistema minero de Canadá y la República Argentina (gobierno, empresas y la sociedad civil), tanto a nivel federal como provincial, a efectos que dichas organizaciones contribuyan al logro del objeto de este Diálogo.

  1. 3. MODALIDAD DE APLICACIÓN:

 

(a) Cada Participante designará a un coordinador institucional. Dichos coordinadores estarán a cargo de la planificación, coordinación y seguimiento, cuando así se requiera, de las iniciativas conjuntamente elegidas para avanzar los objetivos de este Diálogo.

 (b) Los Participantes, con razonable antelación al inicio del año del que se tratare, conjuntamente definirán el cronograma aplicable y el plan de trabajo anual que describa los objetivos y las actividades planificadas respecto de cada área de colaboración para dicho año, el que se irá ajustando, consecuentemente, a lo largo del año.

 (c) Respecto del año 2025, los Participantes, dentro de los cuatro (4) meses de firmado el presente Diálogo deberán aprobar un plan de trabajo y su respectivo cronograma.

 (d) Los Participantes podrán determinar la modalidad de colaboración (implementada de manera presencial o virtual) que crean más conveniente para progresar hacia el logro de los objetivos generales y específicos del presente Diálogo, tales como las siguientes:

 (i)       reuniones que involucren la participación de funcionarios de los respectivos gobiernos de los Participantes, y representantes del sector privado y/o de la sociedad civil; y

(ii)     talleres, seminarios, conferencias, trabajos técnicos, intercambios de información, y otros mecanismos sobre temas de interés común.

 

  1. CONDICIÓN LEGAL:

El presente Acuerdo de Colaboración no es legalmente vinculante.

  

  1. DISPOSICIONES FINALES:

 

(a) El presente Acuerdo de Colaboración tendrá efectividad desde la fecha de su firma por los Participantes y permanecerá válido por el plazo de cinco (5) años a partir de dicha fecha.

(b) Los Participantes pueden modificar este Acuerdo de Colaboración en cualquier momento con el consentimiento de los Participantes expresado por escrito.

(c) Cualquiera de los Participantes podrá dar por terminado este Acuerdo de Colaboración, en cualquier momento, mediante notificación por escrito al otro Participante.

(d) Los Participantes entienden que las actividades en curso ya incluidas en el plan de trabajo no se verán afectadas por la terminación del presente Acuerdo de Colaboración, y continuarán cumpliéndose hasta que las mismas hayan concluido.

FIRMADO en duplicado en la ciudad de Toronto, Canadá, el 4 de marzo de 2025, cada uno en los idiomas español, inglés y francés, siendo cada versión igualmente válida.

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